Pongamos un ejemplo:
Un nuevo corredor obtiene su autorización e inscripción en Registro en el año 2020. El cómputo de 3 años empezará a contar en 2021, de manera que 2024 todavía podría tener menos de 100.000 euros de primas de seguro distribuidas pero en 2025, al ser el segundo ejercicio seguido, debería ya tener más de ese volúmen de primas. Por tanto, realmente es un volumen de primas que se debe tener al 5º año de actividad.
En cualquier caso, este es un requisito normal. Hay que tener en cuenta que, si consideramos que el importe medio de comisiones que perciben los corredores es del 15% según datos de la DEC general publicada por la DGSFP cada año, esto supone que tener 100.000 euros de volumen de negocio implican unos "ingresos" de 15.000 euros. Esta cifra al 5º año de iniciar cualquier actividad profesional se hace totalmente razonable para garantizar la cotinuidad del negocio que se ha iniciado, sea cual fuera éste.